Autogobierno
Desde sus orígenes, el funcionamiento del Colegio se ha basado en el régimen de autogobierno, caracterizado por la autonomía en selección de sus residentes y de sus órganos de gobierno. Esta participación directa, activa y compartida se inspira en el principios de trabajo profesional responsable y en la actitud intelectual abierta y crítica de sus residentes, rasgos característicos que han terminado por conformar el denominado “espíritu del César”—una auténtica seña de identidad del centro.
Normativa
El funcionamiento del colegio se basa en una normativa interna aprobada y revisada periódicamente por los colegiales. En particular, se trata de dos instrumentos que facilitan el desarrollo del día a día y la convivencia colegial: los estatutos y el reglamento de habitaciones.
Órganos Internos
A continuación se describen los órganos internos principales de la Insitución, a los que cabría añadir el destacado apoyo externo de la Asociación de Colegiales del César Carlos y de la Fundación César Carlos.
Junta Rectora
La Junta Rectora es el órgano de gobierno del Colegio. Está constituida por el Rector, el Vicerrector y los Decanos.
Tal y como determinan los Estatutos del centro, los miembros de la Junta Rectora serán elegidos de entre los colegiales por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto por los miembros de la comunidad colegial con derecho a voto. Su mandato se extenderá a un periodo de un año a contar desde la fecha de las elecciones.
La Junta Rectora se reunirá cuantas veces la convoque el Rector y al menos una vez cada mes de los que comprende el curso académico. El Rector y el Vicerrector concurrirán en candidatura conjunta. En caso de candidatura única, su elección requerirá un tercio de votos favorables sobre el total de los emitidos, que habrán de ser en número igual al de la mitad de los colegiales.
Habrá un mínimo de tres Decanos, que serán elegidos por los miembros de la comunidad colegial con derecho a voto, de manera que se garantice la más amplia representación. A este fin, cuando se elija a más de un Decano. El número de candidatos votados será inferior al de plazas de Decano a cubrir.
Capítulo Colegial
El Capítulo Colegial, máximo órgano del Colegio, está formado por todos los Colegiales y el personal de administración y servicios del Colegio.
Como explican los Estatutos, el Capítulo Colegial se constituirá con carácter ordinario en la primera quincena de los meses de noviembre, febrero y mayo. Será convocado por el Rector y presidido por un Moderador elegido en la forma reglamentariamente prevista. El Capítulo Colegial será convocado con carácter extraordinario por un Moderador, previa solicitud por escrito de al menos cinco colegiales residentes habitualmente en la Institución.
El Capítulo Colegial tiene las siguientes funciones:
- Controlar la gestión del Rector y de la Junta, pudiendo someter a sus miembros a voto de censura; el coto de censura deberá figurar en todo caso en el orden del día.
- Aprobar las propuestas de directrices generales y de programa de actividades culturales que le sean sometidas por la Junta Rectora para cada curso académico.
- Asistir a la Junta Rectora en el ejercicio de sus atribuciones, pudiendo nombrar, si lo estima oportuno, colegiales-consejeros para determinadas cuestiones concretas, que serán designados de entre quienes no formen parte de la Junta Rectora,
- Manifestar el sentir colegial en todo lo relativo al funcionamiento de la Institución y decidir acerca de las cuestiones que por su trascendencia afecten al funcionamiento general del Colegio.
- Aprobar la reforma de los Estatutos.
- Dar el visto bueno a los proyectos de presupuestos elaborados por la Junta Rectora.
- Elegir al representante del Colegio ante la Asociación de Antiguos Colegiales de César.
Junta de Admisiones
La Junta Rectora del Colegio se reunirá en calidad de Junta de Admisiones en el momento en que se inicie el proceso de oferta de plazas. Como tal, la Junta de Admisiones es responsable de evaluar a los candidatos potenciales mediante el procedimiento de admisión.
Junta de Permanencias
La Junta de Permanencias resolverá sobre las solicitudes de renovación de plaza y otras cuestiones relativas a la continuidad. Además, otorgará discrecionalmente el “botón de plata". La Junta de Permanencias estará compuesta por nueve miembros, tres de ellos natos y seis no natos. Los miembros natos serán el Rector, el Secretario de la Junta Rectora y un moderador. Los miembros no natos serán los seis primeros Colegiales, elegidos por riguroso orden de insaculación, de un total de catorce Colegiales, haciendo los ocho restantes las veces de suplentes.
Moderadores
El Colegio César Carlos contará con tres moderadores, quienes interpretan los Estatutos y las demás normas que rigen el funcionamiento del Capítulo, entre otras funciones.